Cerrar el año fiscal con buen pie

diciembre 20, 2018
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Coherencia y consistencia son claves si es que queremos evitar fiscalizaciones

El mes de diciembre se asocia con festividades, sin embargo, en la República Dominicana coincide que la mayoría de las empresas tienen este mes como fecha de cierre del ejercicio fiscal, por lo que, al menos para los contadores, éste supone un mes de mucho trabajo.

Es momento propicio para poner en orden la contabilidad, verificar que las declaraciones y remisiones de datos realizadas durante el año mantengan cierta coherencia y consistencia. Estas palabras son claves para el orden que se necesita, si es que queremos evitar fiscalizaciones. Por eso, menciono aquí algunos tips y cruces de información que podemos hacer internamente para detectar situaciones que puedan generar riesgos fiscales y poder evitarlas:

  • Que no haya saltos en las secuencias de comprobantes fiscales. Tu secuencia de comprobantes fiscales debe estar enviada completamente a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a través del formato 607, si saltas un número y no lo reportas como NCF anulado en el formato 608, la DGII podría pensar que se trata de una venta no declarada.
  • Si eres empresa, asegúrate de haber realizado todas las retenciones correspondientes, porque de lo contrario tendrás un gasto no deducible para fines de calcular el Impuesto Sobre la Renta.
  • Si eres persona física, asegúrate de contar con las cartas que avalan las retenciones que te han aplicado tus clientes.
  • Las informaciones de costos y gastos reportadas a través del formato 606 durante el año, deberá de cierta forma coincidir con el Anexo B de la declaración jurada de sociedades (formulario IR2). Para ello se recomienda utilizar el reporte detalle de NCF que se encuentra en la Oficina Virtual de la DGII.
  • Los pagos de honorarios a personas físicas durante el año deben coincidir entre lo reportado en el formulario IR17 que es la declaración de Otras Retenciones y en las declaraciones de ITBIS (formulario IT1) en la sección de ITBIS retenido. Puede existir diferencias solo si algunos de los servicios recibidos fueran exentos de ITBIS.
  • La sumatoria de los ingresos declarados mensualmente en el formulario IT1 deberían coincidir con el total de ingresos declarados en el formulario IR2. En caso de haber diferencias, las mismas se deberían documentar. Por lo general los tipos de ingresos que generan estas diferencias son: ingresos por dividendos, diferencias positivas cambiarias, intereses financieros, indemnizaciones por demandas o seguros, recuperación de cuentas incobrables, sobrantes de caja, venta de terrenos, casas, apartamentos y edificaciones.

Al fin y al cabo, la contabilidad se la compañía se ve reflejada tanto en los formatos de envío de datos, las declaraciones mensuales de impuestos y la declaración anual del ISR, por lo tanto, entre todos estos documentos debe haber coherencia y consistencia, pues la falta de estas cualidades podría atraer la atención de la DGII ya que al detectar anomalías o inconsistencias, la empresa o persona debe estar preparada para explicar las causas de dichas anomalías, o de lo contrario enfrentar ajustes en el cálculo de los impuestos y reclamo del pago de los mismos parte de la DGII

 

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